Nº 25 – De los Alcaldes Ordinarios de segundo voto, Acompañan el acuerdo del Cabildo, en cuanto a la enfermedad de los ganados llamada del Grano y remedio que medita Conducente.
(24 de Marzo de 1791)
Exmo Señor Acompañamos a V. E. lo acordado por el Cabildo. de esta Capital sobre lo que se sirvió V. E. prevenir al Alcalde de 2.° Voto en razón de la enfermedad llamada del grano para que hecho presente se tratase del remedio, lo cual se ha ejecutado como aparece del adjunto Testimonio que instruirá á V. E. Dios guarde a V. E. muchos años, Casas Capitulares 24 dle Marzo de 1791.
Exmo Señor
Santiago de Saavedra —Josseph Martinez de Hoz
Buenos Aires y Marzo veinte y uno de mil setecientos noventa y un asilos en Acuerdo que celebró el Mui Ilustre Cabildo Justicia y Regimiento hoy Día de la fecha se allá un Capitulo del tenor siguiente: Se Dijo por el Señor Alcalde de Segundo Voto g.’ se le había hecho llamar por S. E. el Día Diez y ocho del corriente a fin de que propusiese en este Ilustre A. se tratase de ocurrir al remedio de los males que ya se experimentan con motivo de haberse propagado la enfermedad o mal llamado del Grano en los Animales Vacunos para evitar se contagiase la salud pública de que ya se habían sentido algunos pésimos efectos en Vista de esta exposición se hizo presente por el Señor Alcalde de primer Voto que noticioso del particular tenia prevenido a los corraleros de la Ciudad Celasen este asunto y también Dijo le habían informado los mismos que luego conocían el dicho mal en las Reses : Se conferencio largo rato sobre asunto tan grave y de un Acuerdo resolvieron los Señores que por lo pronto se les encargue de nuevo por los Señores Alcaldes a los dichos Administradores de los Corrales de esta Capital Celasen este punto con todo cuidado haciendo quemar 6 enterrar las Reses que mueran al punto que se verifique por los malos efectos que se Sabe causa este mal a otros animales que los comen y la infección que tales hábitos podían causar en las Gentes previniéndose que si los Dueños de las Reses no lo hiciesen como son obligados lo ejecuten los Administradores y se suplique al Exmo S» Virrey mande echar bando para que los Hacendados tomen las precauciones necesarias para que no se propague un mal tan pésimo, haciendo quemar o sepultar las Reses que de ello mueran y que tengan entendido que la Yerba llamada Mastuerzo que es muy común, es un eficaz específico para sanar del mojada y puesta en modo de. emplasto que base supurar y secar el Grano y Sanar de tal accidente así a los Racionales como a los irracionales, que verificada en esta Capital la publicación del Bando se pase a los Alcaldes de la Hermandad y comisionados de los Partidos, para que se haga notorio en Día Festivo, en los Curatos y Capillas de alguna concurrencia encargándose él celo de su cumplimiento bajo las penas que Juzgue S. E. adecuadas, aplicadas por mitad al denunciante y ejecutor con solo la Circunstancia de dar parte de ello a S. E. á fin de que no se abuse de la facultad que se confiera y a el efecto se le pase copia de este Acuerdo con el Oficio correspondiente = Así consta de dicho Acuerdo a que en lo necesario me remito y de que doy fe.
Pedro Nuñez ess.n° p.co y de Cav.do
-Facultad de Filosofía y Letras, Documentos para la Historia Argentina, Tomo IV. Abastos de la ciudad y campaña de Buenos Aires (1773-1809). Número 21. Compañía sud Americana de Billetes de Banco, 1914. . P. (116)
Edición y corrección: Van Hauvart Duart, Maximiliano L. Estudiante de Letras. FH, UNMdP.