Aportes de la Historia

Notas dispersas sobre Historia

N.º35 — Antecedentes sobre el establecimiento de corrales para el abasto de la Ciudad. (21 de Enero de 1793).

N.º35 — Antecedentes sobre el establecimiento de corrales para el abasto de la Ciudad.

(21 de Enero de 1793). (1)

En el año de mil setecientos setenta y cinco en Junta General  de Asendados celebrada en la real Fortaleza y presidida del Señor  Gobernador  interino, y con asistencia de los Alcaldes Ordinarios de esta Capital, Alcalde Provincial, de la Hermandad, y Síndico Procurador General, se trataron diferentes puntos en beneficio de los Acendados y entre ellos fue el uno el que se estableciesen por cuenta del Cabildo, los corrales para encerrar el ganado para el abasto de la Ciudad, prohibiéndole a los diferentes particulares que los obtenían, llevando medio real por cabeza para de este modo se pudiese más fácilmente celar, asi el robo de los ganados, como la matanza de Bacas: todo lo que fue aprobado por el Excelentísimo Señor Don Juan José de Vertiz siendo en aquel entonces Gobernador y  Capitán general de esta Provincia, de todo lo cual se pasó noticia a este M. I. C. para su inteligencia y Gobierno.

 En su virtud nombró dos Regidores, comisionados esta  I.A. para que  reconociesen los sitios proporcionados para él  establecimiento de dichos. Corrales, con consideración á la diversidad de moradas de los conductores del ganado para el  Abasto y al Socorro de muchos Pobres que se mantienen con los desperdicios de las Reces;  y formando igualmente las instrucciones que deben observar los Administradores así para  el referido arreglo, como para llevar la cuenta del medio real de entrada por cada cabeza establecieron los tres departamentos con q uatro corrales en cada uno en la forma siguiente:

1.° — A la parte del Sur y en terreno de los Reverendos  Padres  de Santo Domingo el primero por cuyo arrendamiento se le satisface anualmente a dichos Padres quince pesos 15

 2.° — A la parte de Poniente en terreno del Egido, el segundo, y como terreno propio de la Ciudad, nada se contribuye para el   00„

3.° — A la parte del Norte inmediato a el convento de  la Santa. Recolección de San Francisco el tercero cuyo terreno

de cinco y media cuadras como perteneciente a el escribano de Cámara  Facundo de Prieto y Pulido se le arrendó en veinte y siete pesos cuatro reales al respecto de cinco pesos por cuadra a el año de que se otorgo escritura en el Oficio del Excelentísimo de este en 30 de Diciembre de dicho año de 1775 que pagados algunos años se suspendió por habérseles declarado la posesión por la Real Audiencia de Charcas a los dichos recoletos por cuya razón están sin satisfacer los catorce años que contiene el Estado de Créditos, pero por convenio que los citados Padres han hecho con el D. Facundo, ocurrido por el importe de lo vencido en los expresados años de qua ha resultado haberse reconocido se han vendido parte de dichos cinco y media cuadras, y hay expediente formado sobre ello pendiente de la resolución de la Real  Audiencia  27 pesos 4 reales.

En cuyos términos y enterándole á el Cavilado el terreno que contrató con el precitado D. Facundo, hay que pagar todos los años por los citados terrenos la cantidad de cuarenta y dos pesos cuatro reales.

 Lo contenido es lo que  se encuentra sobre dicho establecimiento cuya diligencia he practicado en virtud de la comisión que por Vuestra Señoría  se me ha conferido para cumplir con la Superior Orden de su Excelencia de siete del corriente. Buenos Ayres y Enero veinte y uno de mil setecientos noventa y cinco.

 (Archivo General de la Nación. — Libro 2.° de la Junta de Propios, folio 60 vta.  61 vta.).

V.° B.° — BIEDMA. Hay un sello del Archivo General de la Nación.

(1) .- Facultad de Filosofía y Letras, Documentos para la Historia Argentina, Tomo IV. Abastos de la ciudad y campaña de Buenos Aires (1773-1809). Número 3 . Compañía sud Americana de Billetes de Banco, 1914. . P. (147:148).

Edición: Maximiliano Van Hauvart, Estudiante UNMdP-

Carlos-2

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